FUENTE AUME, 30 de oct de 2011.-La citada O.M. no establece los requerimientos para ajustarse a los principios de eficacia y unidad, y para establecer una verdadera equidad, teniendo como principales defectos :
– No establece distinción entre territorio nacional, maniobras y misiones internacionales.
– No establece distinción por empleos o escalas.
– No establece limitaciones por edad.
– No se recogen con rotundidad las normativas sobre conciliación y sobre prevención de riesgos laborales.
– No se ha tenido en cuenta la Ley de derechos y deberes de los componentes de las FAS
– No se establece una única normativa para todas las FAS, minándose así el principio de unidad y de equidad.
Continuaremos pendientes de la normativa que pueda surgir referente a la Armada y al Ejército del Aire.
Seguiremos informando.