PLAZO PARA FORMULAR ALEGACIONES EN RELACIÓN CON LAS ORDENACIONES PROVISIONALES DE LAS ESCALAS DE OFICIALES Y SUBOFICIALES DEL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DE TIERRA.-
Publicada en el BOD, número 96, de 20 de mayo de 2.009., Resolución 562/07423/09, de fecha 14 de mayo de 2.009., del General Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, en relación con la “PUBLICACIÓN DE LAS ORDENACIONES PROVISIONALES DE LAS ESCALAS DE OFICIALES Y SUBOFICIALES DEL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DE TIERRA, DE LA LEY 39/2.007., DE 19 DE NOVIEMBRE”, se considera necesario dar a conocer las siguientes recomendaciones:
– Visto el contenido de la resolución del MAPER, la misma ha de ser considerada como contraria a derecho al producir, de forma notoria y manifiesta, la indefensión para todos aquellos que pudieran ser interesados, en relación con los procesos de ordenación de los escalafones.-
– Esta situación de indefensión radica en varias cuestiones. Una, el plazo otorgado para la formulación de alegaciones: DIEZ DÍAS NATURALES a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. (Es decir, el plazo de alegaciones expira el día 30 de mayo de 2.009, sábado), con fin de semana por medio y siendo día no laborable el último). Dos, que los ordenamientos de los escalafones provisionales se conocen previo acceso a la intranet corporativa, lo que dificulta la obtención de datos y su comparación, dentro del escasísimo tiempo para formular alegaciones.-
– Singular preocupación nos produce la situación de aquellos interesados que estén en misiones internacionales.-
– Por todo ello, AUME, recomienda a todos sus asociados que pertenezcan a cualquiera de las escalas que van a ser objeto de reordenación en su escalafón, que, hayan o no advertido alguna incidencia, procedan a presentar escrito de alegaciones, a tenor del modelo que se adjunta a esta Circular.-
– La razón para ello no es otra que dado el escaso tiempo para analizar la ordenación del escalafón provisional de la que, en cada caso, se trate y dado, al mismo tiempo, el muy reducido plazo de alegaciones, si no se formulase alegaciones decaería el derecho a interponer recurso de alzada ante el Ministro de Defensa, y con él, la posibilidad de obtener tutela judicial efectiva, ante los tribunales contencioso-administrativos. Por el contario, en el caso de que la ordenación no fuera errónea o tuviera cualequiera otras incidencias, se desistiría del trámite de alegaciones.-
– En definitiva, se recomienda la formulación de escrito de alegaciones a tenor del modelo que se adjunta dentro del plazo indicado en la resolución, con presentación de original y copia del escrito, para que la copia sea sellada en prueba de recibo del original. Deberá ser remitida por conducto reglamentario.-
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BOD 20 de mayo de 2009.-Resolución 562/07423/09.-Cód. Informático: 2009009831.
Publicación de las ordenaciones provisionales de las Escalas de Oficiales y de Suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
1. De conformidad con lo establecido en la disposición tercera de la Instrucción 23/2009, de 30 de abril, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se dictan normas para coordinar el procedimiento para la aplicación de lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2007, el 15 de mayo de 2009 se insertan las ordenaciones provisionales de la Escala de Oficiales y de Suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra, definidas por el capitulo III del titulo III de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, en la página de INTRANET «El Ejército informa», dentro del área de «Personal/Personal Militar/Militar de Carrera».
2. En aplicación del segundo párrafo del apartado 1 del artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se abre un plazo para la presentación de alegaciones a esta ordenación provisional de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
Madrid, 14 de mayo de 2009.—El General Jefe del Mando de Personal, José María Fernández Bastarreche.