El Senado aprueba por unanimidad la Ley de Tropa y Marinería

MADRID, 23 Mar. (EUROPA PRESS) –

Defensa aprobará un Real Decreto para permitir el acceso a posteriori de imputados en procesos penales que sean declarados inocentes.

El Pleno del Senado aprobó hoy por unanimidad el proyecto de Ley de Tropa y Marinería, que tendrá que ser ratificado en el Pleno del Congreso al haber introducido la Cámara Alta cuatro modificaciones al texto remitido por la Cámara Baja. El Pleno de la Cámara Alta aprobó el proyecto de ley por el procedimiento de asentimiento, tras la retirada de las dos únicas enmiendas que se mantenían vivas, del PNV.

El ministro de Defensa destacó en su comparecencia para defender el proyecto legislativo que la nueva norma permitirá que los marineros y soldados no trabajen «en balde» y tengan «un futuro laboral» y fomentará su reinserción profesional en la vida civil con los acuerdos para la reserva de plaza en la Policía Nacional, la Guardia Civil y en las Policías Locales de ciudades como Santa Cruz de Tenerife, La Coruña, Córdoba, Madrid y Ávila.

El titular de Defensa definió el proyecto como «una pieza clave» para los Ejércitos y la Armada, toda vez que sin su entrada en vigor el modelo vigente estaba abocado a un sistema con buques pero sin marineros por el creciente descenso del reclutamiento. En su opinión, la norma ya ha cosechado sus primeros frutos, «ha empezado a ganar batallas» antes de su aplicación, al haber fomentado un incremento en las solicitudes de ingreso cada vez que ha aparecido en los medios de comunicación.

Tras expresar su «satisfacción y extraordinaria alegría» por la tramitación de la Ley con «alto grado de consenso», Bono trasladó a los distintos portavoces parlamentarios su felicitación por la actitud de sus grupos.

El portavoz del Grupo Popular, Alejandro Muñoz-Alonso, incidió en su intervención en que este proyecto marca «la recuperación del consenso en defensa» e hizo un llamamiento a mantener esta tónica en el futuro, con normas como la Ley de la Carrera Militar.

El proyecto de Ley aprobado por la Cámara Alta introduce cuatro modificaciones en el texto remitido por el Congreso. La Comisión de Defensa incorporó a la norma el pasado 6 de marzo dos enmiendas, presentadas por el PNV, por las que, por un lado, corresponderá al ministro de Defensa fijar por periodos bianuales la plantilla de soldados y marineros profesionales y, por otro, se impedirá el acceso a las Fuerzas Armadas a los candidatos que tengan pendiente un proceso judicial por delito doloso en calidad de procesado o imputado.

En este sentido, el ministro de Defensa anunció hoy que próximamente se aprobará un Real Decreto para permitir que las personas que soliciten una plaza de soldados o marineros profesionales cuando estén imputados por un delito doloso en un proceso penal todavía no resuelto puedan ingresar en las Fuerzas Armadas cuando ya hayan sido declarados inocentes.

La Comisión de Defensa también introdujo dos enmiendas transaccionales a la Disposición Adicional Sexta del proyecto de Ley, sobre el régimen de ascensos de los Cabos Primeros y Cabos Mayores del Cuerpo General de la Armada y sobre el cambio en la relación de servicios.

La primera modificación supone la inclusión de los cabos mayores, junto a los cabos primeros, en las convocatorias de las pruebas de acceso a la escala de suboficiales durante los dos años siguientes a la entrada en vigor de la Ley, siempre que hayan cumplido 18 años de servicio y mantengan el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta su retiro.

La segunda transaccional permite que los militares profesionales que antes de la Ley de Tropa tenían la condición de permanentes puedan acogerse durante el año siguiente a la entrada en vigor de la norma al compromiso de larga duración sin perder los beneficios adquiridos «hasta obtener otros que le compensen por su propia elección de cambio».

El proyecto de Ley de Tropa y Marinería establece un nuevo modelo profesional en las Fuerzas Armadas con tres modalidades contractuales, de corta, media y larga duración, y con la creación de la figura del reservista de especial disponibilidad, a la que podrán acogerse los que abandonen el servicio profesional y que conllevará la percepción de una paga de 600 euros mensuales compatible con otros salarios excepto el de desempleo.

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derecho.vlex.com, 24 DE MARZO


El proyecto normativo, tal y como defendió ayer, 23 de marzo, el propio ministro de Defensa, José Bono, ante el Pleno del Senado posibilita una prolongada relación temporal con las Fuerzas Armadas, aportando diversas salidas laborales y medidas socio-económicas que tienen en cuenta los años de servicio prestados por los soldados.

En relación a la estabilidad de la vida profesional del soldado, ésta contará con la firma de compromisos de larga duración (hasta los 58 años, pase a la reserva y jubilación a los 65) o compromisos cortos de dos o tres años renovables hasta los seis. Además, se establece la opción de promoción a suboficial a partir de los tres años de servicio, junto con ventajas para acceder a la Guardia Civil (reserva del 50% de las plazas), al Cuerpo Nacional de Policía o a la Policía Local a partir de los cinco años de servicio.

De acuerdo con el contenido de la Ley de Tropa y Marinería, se podrá permanecer en los Ejércitos hasta los 45 años, a partir de los cuales se tendrá derecho a una paga mensual similar al salario mínimo y compatible con otras percepciones salvo el subsidio de desempleo. Así, la norma contempla tres modalidades: el compromiso inicial (máximo de seis años), el de larga duración (hasta los 45 años) con acceso desde el compromiso inicial; y el compromiso permanente, al que se accede durante la vigencia del compromiso de larga duración.

En cuanto a los límites de ingreso y permanencia en las Fuerzas Armadas como soldado o marinero profesional, la edad de acceso se situará en 27 años como máximo frente a los 25 que proponía el texto inicialmente. La edad máxima de permanencia será de 45 frente a los 42 iniciales.

En este sentido y como ejemplo de esta voluntad se crea la figura del reservista de especial disponibilidad. Los militares profesionales de tropa y marinería, siempre que tengan cumplidos al menos 18 años de servicios y lo soliciten, adquirirán la condición de reservista de especial disponibilidad una vez finalizado el compromiso de larga duración al cumplir la edad de 45 años. La condición de reservista de especial disponibilidad se mantendrá hasta cumplir los 65 años de edad. El soldado que adquiera esta condición tendrá derecho a percibir mensualmente una asignación económica equiparable al Salario Mínimo Interprofesional, compatible con otras percepciones a excepción del desempleo.

El proyecto de Ley incluye el reconocimiento del tiempo servido en los Ejércitos como mérito para el acceso a las Administraciones Públicas. Además, establece una mejora sustancial en los sistemas de formación profesional y programas de incorporación laboral concertados con los empresarios.

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