Tras la aparición de dos notas en la INTRANET militar emitidas por el JEME en relación a los horarios y jornada laboral se ha suscitado una gran controversia debido a la aplicación de las órdenes dadas para adecuar los horarios de las unidades a lo anunciado en dichos comunicados.
La aplicación de lo ordenado por el JEME, en muchos casos, ha resultado negativa, pues contrariamente a los fines perseguidos sobre conciliación, esta se ha visto perjudicada al tener que adecuarse los horarios en “cómputo semanal” sin contemplarse la extensión de estos para servicios, guardias, comisiones, maniobras o misiones, que no pueden computarse semanalmente, como es lógico, pero que, además, no están computando como horas trabajadas.
El JEME ha dado una orden sin que se haya cambiado ninguna norma y, sin embargo, a través de la misma se establecen nuevos horarios que no se corresponden con lo que la Orden Ministerial 121/2006, de 4 de octubre, por la que se aprueban las normas sobre jornada y horario de trabajo, vacaciones, permisos y licencias de los Militares Profesionales de las Fuerzas Armadas, dicta a tal efecto.
El JEME ha esgrimido razones de “conciliación” para ordenar que los horarios se adecuen a las directrices establecidas previamente y que, en el ámbito de las Fuerzas Armadas, están equiparadas teóricamente a las de la Administración General del Estado. El Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, estableció recortes en los derechos de los funcionarios en el disfrute de vacaciones y permisos, y esto se trasladó automáticamente a los miembros de las Fuerzas Armadas. Lo que no se ha tenido en cuenta es que, para otros aspectos más positivos, esa aplicación automática, muchas veces, no existe (por ejemplo el pago de horas extras o compensaciones por extensión de horarios).
A los militares, al menos a través del ámbito asociativo (en el COPERFAS), se les ha trasladado que la intención del Gobierno es la de aplicar medidas con un mismo rasero a toda la función pública sin exceptuar a los miembros de las Fuerzas Armadas.
Aplicar el mismo rasero cuando existe un gran desequilibrio en el disfrute de derechos es sencillamente una injusticia.
Desde estas órdenes dadas se ha generado una gran inquietud precisamente porque no afecta positivamente en términos generales a la conciliación y porque no se ajustan exactamente a un verdadero esfuerzo en profundidad por generar un espacio real de conciliación. La aplicación de un encorsetamiento horario dista mucho de esa flexibilidad necesaria que una verdadera corresponsabilidad debe tener muy presente a la hora de aplicar medidas que la faciliten. Así, por ejemplo, ceñir el horario semanal a las 37.5 horas no se corresponde con la O.M. que dice: “La duración de la jornada general de trabajo en el Ministerio de Defensa será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y siete horas anuales…”. Si las horas se han de establecer en “promedio en cómputo anual” ¿Por qué se están realizando tantos esfuerzos en realizar el cómputo en promedio semanal? ¿Por qué se establece un horario que no está recogido en la O.M. y que lleva, por ejemplo, a una jornada más allá de las 18:00h?
Pero lo que preocupa aún más es que se está procediendo a una modificación horaria cuando está en marcha una reforma de la propia O.M. Una comisión específica del COPERFAS trabaja en ello desde hace unos meses. Esta comisión mixta Ministerio de Defensa – Asociaciones Profesionales con representación en el COPERFAS, está realizando la propuesta de modificación de la O.M. ¿Cómo puede ser que se ignoren estos trabajos?
Desde AUME, queremos trasmitir que aunque estas órdenes traten de facilitar la conciliación, resulta obvio que en muchos casos se aleja de ese fin y nos resulta muy preocupante que se deba a un descuido o a un ninguneo de los trabajos que se realizan en el COPERFAS, ya que ni tan siquiera se ha hablado de una transitoriedad mientras estos finalizan.
AUME ha realizado una propuesta sobre horarios, vacaciones, permisos y licencias, que actualmente está trasladando al COPERFAS. No vamos a cejar en nuestro empeño para que se regulen por fin las jornadas de horarios extendidos como son los servicios, las guardias, jornadas continuadas, comisiones, maniobras o misiones, en el sentido de que tengan su compensación justa, exigiendo un mismo rasero con el resto de la función pública como ya se nos viene aplicando para la reducción de derechos.
No nos vamos a conformar con pequeñas concesiones o pequeños gestos; queremos realmente lo que nos corresponde por nuestro trabajo, ya que en ninguna ley está escrito que por el mero hecho de ser militares debamos tener menos derechos en el ámbito de la jornada o horario laborales. La disponibilidad permanente para el servicio sólo implica que nuestra activación fuera del horario regulado se puede realizar de forma unilateral por parte del empleador, pero no significa que esas horas trabajadas de más sean un regalo al Ministerio; son horas detraídas a nuestra familia, a la conciliación y a nuestro espacio personal.