Los civiles podrán optar a ser militares contratados «por obra»

LA RAZON, 24 de abril de 2006

Madrid-Una de las principales novedades que introduce la Ley de la Carrera Militar es la creación del militar comisionado, una nueva modalidad de militar con compromisos temporales para atender necesidades concretas que requieran una formación especializada y una experiencia adecuada y que no se pueden atender con los militares profesionales. Estos militares contratados «por obra» accederán en un número muy restringido para necesidades específicas en base a las convocatorias que haga Defensa, aunque estarán excluidos del ejercicio del mando de la fuerza.

Los comisionados tendrán el empleo militar de oficial que se especifique en cada convocatoria y se adscribirán a una escala una vez que hayan superado un periodo de formación militar y específica.
La duración del compromiso de estos militares estará en función de la convocatoria, pero nunca será menor a tres meses ni mayor a tres años, y en ningún caso podrán optar a la condición de permanentes.

La Ley de la Carrera Militar regula el régimen de ascensos que seguirán los militares, sustituyendo el tipo de ascenso por selección por el de «reordenación», e incluyendo el de concurso o concurso-oposición para los militares de tropa y marinería. Así, con esta base, para ascender a los empleos de oficiales generales y coroneles se seguirá el sistema de elección entre aquellos más capacitados para acceder al empleo superior. Para llegar a teniente coronel y a comandante se abren dos opciones: en un número de vacantes, el sistema de elección y en el resto el de reordenación, algo que se repetirá en el caso de los subtenientes y los brigadas. En cambio, para ascender a capitán y a sargento primero se hará por antigüedad y a suboficial mayor y cabo mayor, por elección. En el nuevo planteamiento desaparecerán los empleos de soldado de primera y marinero de primera.

En este régimen de ascensos se suprime la obligatoriedad de haber superado determinados cursos de capacitación, pero se podrán exigir cursos de actualización para determinados empleos. Ejemplo de esto es el caso de los tenientes coroneles, a los que se exigirán titulaciones obtenidas en el ámbito del perfeccionamiento. Igualmente ocurre para los que quieran ascender al empleo de cabo mayor, que tendrán que presentar un título de técnico del sistema educativo general.

La ley también ampara que se extienda a todos los militares la posibilidad de ascensos honoríficos a título póstumo. Pero en este ámbito de los ascensos, una novedad importante para determinados militares: los infantes de Marina, los miembros de intendencia y los del cuerpo de ingenieros de la Armada podrán llegar a teniente general, cuando hasta el momento su techo se hallaba en general de división.

Aunque el caso de los ingenieros está aún en el aire, puesto que uno de los planteamientos que incluye el anteproyecto es la posibilidad de que desaparezcan los cuerpos de ingenieros de los tres ejércitos y se fusionen en un único cuerpo común, que se añadiría a los ya existentes de Sanidad, Intervención, Jurídico y Músicas Militares. Aunque es una posibilidad que está en estudio, los expertos militares aconsejan que no se lleve a cabo esta unificación, por las especificidades que tienen los ingenieros en cada ejército.

Por último, la ley eliminará el pase a la reserva por 33 años de servicio y señala que un jefe de Estado Mayor y el jefe del Cuarto Militar del Rey podrá ser Jemad.

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