MODIFICADA LA RESERVA ESPAÑOLA AL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

9 de febrero de 2007
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de la Declaración del Reino de España por la que se modifica su reserva a los artículos 5 y 6 del Convenio Europeo para protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

El 4 de octubre de 1979 España depositó el Instrumento de ratificación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al tiempo que formuló una reserva para excluir de la protección del Convenio, en relación con los derechos reconocidos en los artículos 5 y 6, a los miembros de las Fuerzas Armadas, de acuerdo con lo que disponía el entonces vigente Código de Justicia Militar.

Posteriormente, se informó al Secretario General del Consejo de Europa que la materia objeto de la reserva formulada en 1979, pasaba a estar regida por la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Fuerzas Armadas, del 27 de noviembre de 1985.

Con posterioridad, se produjo una nueva modificación legislativa del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, mediante una Ley Orgánica del 2 de diciembre de 1998. Esta última Ley orgánica derogó la Ley 1985 y redujo el límite máximo de la sanción de arresto por falta grave que puede ser impuesta sin intervención judicial y, en materia de procedimiento, avanza en el reconocimiento de las garantías y derechos personales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha puesto de manifiesto que el Consejo de Europa no tiene conocimiento oficial de esta modificación legislativa, por lo que no puede tenerse en cuenta a los efectos de la reserva formulada por España a los artículos 5 y 6 del Convenio.

En este sentido, el Gobierno ha decidido ahora seguir manteniendo la reserva formulada a estos dos artículos, informando para ello al Consejo de Europa de los cambios legislativos producidos en España.

Comparte esta publicación

Artículos

relacionados

Defensa reconoce la conciliación como un “derecho”

Miguel González Madrid 5 ENE 2019 – 08:32 CET La legionaria que