
14 de enero de 2011.-La Asesoría Jurídica de AUME, ha conseguido que al Sala Quinta del Tribunal Supremo, en su sentencia de 13 de diciembre de 2010, estime su recurso de casación interpuesto contra la Sentencia del Tribunal Militar Central, de fecha 12 de mayo de 2010, que ratificaba la sanción, por falta grave, impuesta por el Teniente General Jefe de la UME a su Suboficial del Ejército de Tierra.
PROTEGE TUS DERECHOS.¡ASOCIATE!
La sentencia recuerda que las garantías constitucionales que presiden los procesos penales también son extensibles a los procedimientos disciplinarios, debiendo las autoridades competentes, llevar a cabo un escrupuloso respeto del contenido del artículo 24.1 y 2 de la Constitución Española.-
En conclusión, la sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo, considera vulnerado el derecho a no declarar contra sí mismo y no confesarse culpable, establecido en el artículo 24.2 de la CE, entendiendo violentado dicho Derecho Fundamental, cuando por parte del Instructor de la Información Previa, se trató de exhortar al recurrente a decir verdad, llamándole a declarar en calidad de testigo de unos hechos en lo que se habría visto implicado. Concluye la Sentencia del Alto Tribunal que, a tenor de las actuaciones que resultaron probadas en la Sentencia de instancia y las preguntas formuladas por el Instructor de la Información Previa, se deducía un claro contenido incriminatorio para el recurrente que podría haberle detraído consecuencias disciplinarias.-