Servicio de Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas.

BOD.-los capellanes castrenses tienen la consideración de oficial, con la correspondencia siguiente:


a) Relación de carácter permanente y más de veinticinco años de servicios, al empleo
de coronel.


b) Relación de carácter permanente y más de quince años de servicios, al empleo
de teniente coronel.


c) Relación de carácter permanente, al empleo de comandante.


d) Relación de carácter temporal, al empleo de capitán.


La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».


Madrid, 18 de noviembre de 2011.


Fdo:Carme Chacón Piqueras

Pincha aquí para leer el texto completo

Comparte esta publicación

Artículos

relacionados

Perjuicio a los alférez

El faro de Ceuta y Melilla,.Escrito por UPYD 01 de febrero de