
6 de enero de 2009,La Voz
El Tribunal Militar Territorial número 4 de A Coruña dio ayer la razón al guardia civil D.A.F.P., que se había negado a entregar sus armas de fuego particulares tras serle solicitadas por el capitán de la primera compañía, con sede en A Coruña.
Dicho capitán lo había sancionado pese a que el agente se encontraba de baja psicológica y, por lo tanto, exento de cumplir sus órdenes, como así reseña el fallo del tribunal, que asegura que ningún guardia civil fuera de servicio debe cumplir órdenes que no atañan directamente al servicio y que como a cualquier ciudadano solo puede disponerle la entrega de sus armas particulares un juzgado competente, entre lo que no se incluyen sus superiores o el servicio médico de la Guardia Civil.
Una disculpa por escrito
El fallo es firme y, por lo tanto, el agente solicitará daños y perjuicios, así como una disculpa por escrito. La sentencia es novedosa en el ámbito militar y respalda las tesis de la Unión de Guardias Civiles, que intenta separar el ámbito militar de la institución de la vida personal de los agentes. El fallo ya ha sido recogido en el último Boletín Oficial de la Guardia Civil.